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¿Debes proteger tu marca como artista?

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¿Debes proteger tu marca como artista?

La respuesta es, sin duda, sí.

Pero veamos cómo hacerlo, y lo más importante, porqué.

Hay varios motivos para proteger tu marca artística, los más destacados serían poder explotar comercialmente el nombre artístico del proyecto, a la vez de evitar que otros puedan utilizar el nombre o logotipo con fines comerciales sin la debida autorización, poder otorgar licencias de uso en caso de ser de interés, y garantizar un uso ‘pacífico’ del nombre, de modo de protegernos ante la eventualidad que otro artista pueda registrar un nombre que estemos utilizando, o que tenga una similitud probada a nivel lingüístico o de imagen.

Para adquirir el derecho de propiedad sobre una marca o nombre comercial se debe registrar la misma en la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas), tanto su nombre como su logotipo, en caso de tenerlo. El derecho sobre la marca tiene una duración de 10 años desde la concesión, y pasado dicho período, se debe solicitar su renovación.

Un detalle a tener en cuenta es no confundir la Propiedad Industrial y el derecho sobre una marca, con los derechos de autor y la Propiedad Intelectual sobre por ejemplo una obra musical. En este último caso, la propiedad se genera con la propia creación, no es necesario un registro para probar autoría (aunque evidentemente vale la pena y es aconsejable hacerlo, sobre esto trataremos en otro artículo de nuestro Blog). Pero para una marca comercial, que por supuesto puede ser un nombre artístico, y su logotipo, es necesario practicar el registro correspondiente.

Las marcas se registran clasificadas según un noménclator internacional que permite distinguir productos o servicios que se agrupan bajo lo que se denominan ‘Clases’, utilizando en casi todo el mundo (más de 90 países en la actualidad) la llamada ‘Clasificación de Niza’, un sistema que uniformiza las distintas actividades y permite registrar marcas únicamente en las secciones o ‘clases’ específicas de cada actividad.

Así por ejemplo en el caso de un proyecto artístico musical, sea una banda, un DJ, un cantante, una orquesta, etc, es importante que se registre el nombre comercial (nombre artístico) y el logotipo en las clases 41 (servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales) y 25 (prendas de vestir, para proteger todo el merchandising), y según el caso por ejemplo también en clase 9 (discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales), en caso de vender Cds.

El registro de una marca es un procedimiento bastante sencillo aunque pueden surgir oposiciones de forma o por similitud con otras marcas, que si no se tienen en cuenta antes de comenzar el registro, pueden ocasionar demoras y  ralentizar su proceso. En Artychoke podemos ayudarte a realizarlo todo sin contratiempos, elaborando la estrategia correcta para que tu marca y logotipo queden protegidos.

Contacta con nosotros y uno de nuestros asesores te informará sin compromiso sobre cómo proteger tu marca y nombre comercial.         

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